EXTENSIÓN DE PLAZO PARA POSTULAR AL BONO POSTLABORAL Dirigido a ex funcionarios que por diversos motivos no accedieron a él
La Ley N° 20.305, vigente a contar del 01 de Enero de 2009, tiene por objeto mejorar las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo, mediante el otorgamiento de un bono que complementa las pensiones de los trabajadores del sector público que cumplan los requisitos establecidos en dicha ley.
También se han publicado otras leyes cuyo propósito ha sido modificar la ley N° 20.305, o establecer plazos excepcionales para postular al bono post laboral, con el foco en aquellos ex funcionarios que por diversos motivos no hayan accedido a él.
Las Leyes N° 21.306 y 21.405 de 2020 y 2021, respectivamente, establecieron un plazo excepcional para postular al bono post laboral, esto es hasta el 31 de Mayo de 2022.
PROCEDIMIENTO PARA POSTULAR AL BONO POST LABORAL EN EL PLAZO EXCEPCIONAL DE LAS LEYES N° 21.306 Y 21.405
Periodo de Postulación
Los ex funcionarios y ex funcionarias podrán presentar la solicitud (formulario) para acceder al bono post laboral ante su ex empleador entre el 31 de diciembre de 2020 y el 31 de mayo de 2022.
Requisitos para acceder al beneficio
Los requisitos que se debe cumplir copulativamente para acceder al bono post laboral son los siguientes:
- Haberse desempeñado en calidad de planta, contrata o contratado según el Código del Trabajo en organismos señalados en el artículo 1° de la Ley N° 20.305 o en sus antecesores legales, con anterioridad al 01 de mayo de 1981.
- Tener a lo menos 20 años de servicios en las instituciones señaladas en artículo 1° o sus antecesores legales, al 05 de diciembre de 2008.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55.00%.
- Tener cumplidos los 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 años de edad tratándose de mujeres.
- Haber cesado en el cargo o terminar el contrato de trabajo en las instituciones señaladas en el artículo 1° a más tardar el 30 de diciembre de 2020.
El cese debe haber ocurrido sea por renuncia voluntaria, por pensión de vejez de conformidad con el decreto ley N° 3.500, de 1980, por obtener pensión de invalidez.
Adicionalmente, el postulante debe encontrarse afiliado al Sistema de Pensiones del decreto N° 3500 de 1980, y haber cotizado en dicho sistema por el ejercicio de su función pública.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados tendrá como consecuencia el rechazo del beneficio, toda vez que estos requisitos son copulativos, es decir, deben cumplirse todos y cada uno de ellos.
Para acceder al formulario de solicitud del bono postlaboral ingrese a la sección Biblioteca CRA de nuestra página Web, a través del link https://www.daemrengo.cl/bibliotecas-cra/